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Trabajadores/as versus Empresas. ¿Equilibrio de mercado entre oferta de trabajo y la demanda por éste? PDF Imprimir E-mail
Escrito por Natalia Gonzalez   
Martes, 29 de Junio de 2010 15:06

Ricardo Loyola Moraga

Ingeniero Civil Industrial, Universidad de Chile. MBA – Magíster en Gestión Empresarial, U. Técnica Federico Santa María.

No sólo entre oferta y demanda se debe buscar el equilibrio del mercado. También debería existir una relación equilibrada entre los trabajadores/as y empresas.

Sin embargo, para lograr que este equilibrio, es necesario hacerse cargo de las fallas de mercado que atentan contra una adecuada competencia y relacionamiento.

En economía siempre se habla del equilibrio de mercado entre la oferta y demanda de productos. Teóricamente, bajo varios supuestos de competencia perfecta, esta relación se regularía por la “mano invisible” . Sin embargo, existen fallas de mercado que atentan contra la perfección de éste equilibrio, y que surgen a partir de la inexistencia de los supuestos, como por ejemplo los siguientes, entre otros:
-    Diferencia de conocimiento entre los oferentes y demandantes: las partes poseen diferente información respecto al intercambio de bienes y servicios, generando ventajas de negociación principalmente para los oferentes (saben más respecto a los productos y servicios ofrecidos; generan información estándar frente a receptores heterogéneos).
-    Acceso a la información: los oferentes generan información masiva y estándar, lo que dificulta el acceso a la información particular que requiere cada demandante y, por lo tanto, disminuyen sus análisis o sus comparaciones al momento de realizar las compras de bienes o servicios, disminuyendo así su posición negociadora.
-    Cautividad de los consumidores: muchas veces, los demandantes están cautivos frente a los productos o servicios que se ofertan, donde tienen costos muy altos para optar por productos de la competencia o alternativos, lo que genera claramente una desventaja frente a los demandantes.
-    Costos de solución de conflictos: cuando no se cumplen las condiciones ofertadas o surgen problemas de post-venta, existen costos altísimos para los demandantes, considerando que deben invertir tiempo para la tramitación de la solución y muchas veces recursos (denuncias en tribunales por ejemplo, costo de oportunidad, papelerías, etc.).
Es así que, para un adecuado funcionamiento, es necesaria la participación de terceros (respecto a oferentes y demandantes), es aquí donde el Estado toma un rol fundamental para velar por el interés de las partes, para que el mercado funcione de manera competitiva, resguardando que se superen las falencias del mercado, principalmente de los más desprotegidos.
En la medida que las empresas oferentes generan prácticas más responsables socialmente, facilitan la relación con los consumidores de bienes y servicios, ya que velarán por mejorar toda la relación con sus clientes.
Al igual que la relación entre la oferta y demanda de bienes y/o servicios, debería existir un equilibrio de mercado entre trabajadores/as y empresas. Si pensamos económicamente, esta relación es similar a la de bienes y servicios, ya que por un lado las empresas ofrecen trabajo para poder producir los bienes y servicios que disponen a sus clientes, para lo cual requieren de trabajadoras/es que satisfagan dicha oferta, y quienes aportan con sus conocimientos, competencias y experiencias a cambio de la remuneración y desarrollo profesional.
En esta relación entre trabajadoras/es y empresas, sería esperable que existiese el mismo equilibrio teórico, considerando que cada una de las partes depende de la otra para satisfacer sus necesidades.
Al igual que en la relación mencionada al principio del texto, existen fallas de mercado que afectan el equilibrio que debería darse entre las empresas y trabajadoras/es, entre las cuales destacan las similares fallas de mercado:
-    Diferencia de conocimiento entre las/os trabajadoras/es y empresas: en general existen diferencias en los conocimientos sobre decisiones que se toman al interior de la empresa, que tienen efectos sobre las/os trabajadoras/es, y por lo tanto existe disparidad en la toma de decisiones de las partes no tiene la misma información.
-    Acceso a la información: muchas veces la información que afecta la toma de decisiones de los trabajadores no está a disposición de éstos, lo que limita o genera incertidumbre de éstos, diminuyendo su posición negociadora frente a la empresa y, por lo tanto, en desventaja. Por otra parte,
-    Cautividad de las/os trabajadoras/es: muchas veces las/os trabajadoras/es se encuentran amarrados frente a las decisiones que afectan negativamente el pasar de ellas/os, que en ocasiones son abusos de la empresa o de los ejecutivos directivos, y donde existen restricciones (o miedo) para enfrentar y buscar la eliminación de esta cautividad.
-    Costos de solución de conflictos: existen costos (despidos, persecución laboral, exposición pública, limitaciones de desarrollo, etc.), muchas veces altísimos para las/os trabajadoras/es, para enfrentar y buscar soluciones a los problemas que afecten su bienestar, tranquilidad o sus beneficios.
Por lo tanto, aquí también es relevante la acción del Estado, para mediar los conflictos que suceden en esta relación, además de fomentar que este equilibrio sea de forma más transparente y homogénea para ambas partes, evitando los abusos que puedan generar cada una de ellas frente a la otra. Sin embargo, existen recursos limitados, por lo que la labor del Estado se ve restringida a la capacidad operativa y recursos que pueda implementar con este fin.
Debido a estos argumentos, se hace indispensable que las empresas puedan generar prácticas responsables hacia sus  trabajadoras/es, que complementen y fortalezcan el adecuado equilibrio y contribuyendo así al desarrollo de ambas partes, obteniendo así una mejor relación entre ellas y por lo tanto mejores resultados.
Bajo los argumentos anteriores, considerando sólo una dimensión de la Responsabilidad Social Corporativa de las empresas, el compromiso hacia los trabajadores no sólo busca generar una buena relación para un stakeholder importantísimo para las organizaciones (como mencionaba en columna anterior) lo que se traduce en mejores resultados internos de la misma, sino que también aporta en la disminución de las fallas en la relación entre las/os trabajadoras/es y las empresas, conviviendo de mejor forma y fortaleciendo el beneficio mutuo que esta relación genera.

Así, el Estado, con este tipo de prácticas de RSC por parte de las empresas, tiene la oportunidad de reorientar o trasladar los esfuerzos desde la fiscalización de las políticas que aplican las empresas con sus trabajadoras/es hacia el fomento de políticas integrales en las relaciones laborales  que vayan en directa relación con otras áreas que aportan all crecimiento y desarrollo del país. Esto permite concluir que la implementación de prácticas socialmente responsables por parte de las empresas contribuye directa e indirectamente al desarrollo del país.

 

Comentarios (1)Add Comment
Fernando José Retsrepo E
julio 24, 2010
190.71.117.11
...

Quiero referirme a dos elementos que el autor menciona en su artículo y que están estructuralmente relacionados: la Diferencia de conocimiento entre los oferentes y demandantes y el acceso a la información. No sin antes recalcar que los supuestos de la competencia perfecta Smithianos son el soporte teórico de la teoría del mercado pero es claro que su función teórica no se invalidad porque el la realidad los mercados sean imperfectos y en desequilibrio. En esto, la teoría económica contemporánea ha avanzado lo suficiente en la comprensión de la dinámica de los mercados imperfectos. Precisamente, la asimetría en la información de los agentes de mercado es uno de los temas centrales en estos desarrollos. Sin embargo, una cosa es que los oferentes sean sobreinformados y otra cosa es que puedan emplear dicha asimetría para su beneficio, pues las fuerzas de la competencia del libre mercado (que no es el mercado perfecto smithiano) lo impide. De hecho, se conoce la fuerza de los consumidores y sus asociaciones para el bloqueo de ciertos comportamientos de los oferentes (que no siempre coinciden con los empresarios). Además, la libre competencia elimina cualquier mecanismo de control que los empresarios puedan tener sobre los precios. Así, si un empresario quisiera controlar sus precios solo le queda la vía del mercadeo a través de la diferenciación, un aspecto que está relacionado más con la satisfacción del consumidor que con los intereses de los empresarios, toda vez que toda diferenciación implica no solo investigación y conocimiento del mercado sino también incremento en costos.
Respecto al tipo de información “masiva y estándar” habría que decir que así es como debe ser, en razón a la no discriminación de los consumidores. La estandarización permite establecer un compromiso igual con todos los consumidores, lo que garantiza el cumplimiento del principio de igualdad en las condiciones de mercado. La información que exige el mercado es o debe ser la que se requiere para respaldar los requerimientos de compra. El cumplimento de esta condición es uno de los aportes importantes de la normatividad y de la ley comercial. Los productos deben circular con unas condiciones de información tales que le permitan al consumidor el conocimiento que requiere del producto.
Ahora bien, se afirma que “…en general existen diferencias en los conocimientos sobre decisiones que se toman al interior de la empresa, que tienen efectos sobre las/os trabajadoras/es, y por lo tanto existe disparidad en la toma de decisiones de las partes no tiene la misma información.” Al respecto habría que reconocer que los consumidores, los empleados y los diferentes grupos de interés de la empresa no tienen necesidad de conocer toda la información que la empresa genera. A cada cual le corresponde un tipo y nivel de información que le es pertinente y necesario para el tipo de decisión que requiere tomar. Además, bajo el supuesto de que todos recibieran la misma información, no se deduce de ello que el tipo de decisiones deba necesariamente coincidir. El equilibrio del mercado solo se realiza cuando se efectúa la compra- venta, y los parámetros de equilibrio se manifiestan a través de este hecho y se supone que al realizarse la compra –venta, los requerimientos de las partes quedan satisfechas, pues de no ser así, no hubiera sido posible realizarse. Por supuesto, bajo las condiciones de libre competencia (no de competencia perfecta). Por lo tanto, considero que la conclusión del autor: “Debido a estos argumentos, se hace indispensable que las empresas puedan generar prácticas responsables hacia sus trabajadoras/es, que complementen y fortalezcan el adecuado equilibrio y contribuyendo así al desarrollo de ambas partes, obteniendo así una mejor relación entre ellas y por lo tanto mejores resultados.” No constituyen argumentos suficientes para descartar la importancia del mercado en el cumplimiento de las condiciones de equilibrio relativo en el mercado. Aunque estoy de acuerdo que la RSE efectivamente aporta a mejorar la calidad del sistema de relaciones con los grupos de interés, pero no se deduce de allí que una de las consecuencias del ejercicio de la RSE sea el equilibrio del mercado. Éste tiene otros mecanismos para lograrlo. La RSE no elimina las imperfecciones del mercado. Una plena información del consumidor no necesariamente conlleva a la decisión de mercado más óptima, pues en la decisión del consumidor intervienen otros factores además de la información, como pueden ser los gustos y las condiciones coyunturales.

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Última actualización el Martes, 29 de Junio de 2010 15:31
 
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